En muchas ocasiones nos preguntamos acerca del costo y los trámites que debemos realizar al momento de comprar o vender un vehículo. Las diligencias que se deben realizar son sencillas y fáciles de hacer.

Lo primero que debes tener en cuenta es que todas estas gestiones se hacen ante el Registro de la Dirección Nacional de Tráfico (DGT).

¿Qué debo saber y tener a mano para hacer el cambio de titularidad del vehículo?

Para hacer este trámite de manera exitosa, es importante que se tenga en consideración que los impuestos de los años anteriores deben estar cancelados. También hay que confirmar que no existan en el Registro de Bienes, limitaciones de disposición. Los documentos principales que hay que tener vigentes son:
  • Permiso o carnet de circulación.
  • La tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
  • La constancia o recibo de cancelación del impuesto municipal del año antes de que se realizó la compra o venta.
  • Se necesita el impreso oficial para el cambio de titularidad. Este debe ser llenado y firmado por el vendedor y comprador del vehículo. Este formulario lo puedes encontrar en línea o en las jefaturas de tráfico.
  • Documento que identifique al vendedor. No es necesario el original, con una copia basta.
  • Justificante o recibo de cancelación, donde se muestren los datos de la tasa que se canceló. En su defecto, sirve presentar una tarjeta de crédito para hacer el pago directamente en la oficina.
  • Recibo de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, cancelado en la Comunidad Autónoma del comprador. Si el que vende es un empresario en ejercicio, entregará la su factura.
  • Cabe destacar que en Aragón, quedan exentos los coches con menos de 1000 cm3 y con más de 10 años.
  • En Navarra y Cataluña, los autos con más de 10 años, no es obligatoria la presentación de la autoliquidación, cuyo valor no exceda los 40.000 €.
  • Si el comprador es una persona jurídica, debe presentar si documentación fiscal y el documento donde se identifique la identidad del firmante.
  • Si el comprador es una persona física, bastará con la presentación de cualquier documento donde se indique su dirección de domicilio e identidad, como el DNI.
  • Para compradores con discapacidad o menores de edad, deben poseer su documento de identidad, junto a la firma y los datos de su tutor, padre o madre.

En la imagen a continuación, se muestra la planilla que debe ser llenada para el cambio de titularidad:

Casos especiales para realizar el cambio de titularidad de un vehículo

Fallecimiento

En los casos de fallecimiento del titular del vehículo, aparte de lo que te indicamos con antelación tienes que consignar los siguientes documentos:

  • Comprobante de pago, exención o no sujeción del impuesto de sucesiones dentro de la Comunidad Autónoma. Esto debe ser presentado por el comprador.
  • Declaración de herederos o la declaración responsable de cambio de titularidad por fallecimiento, necesario cualquiera d ellos dos para adjudicar el vehículo.

Divorcio, separación o cese de vínculo con el titular del vehículo

Cuando ocurre un divorcio, ruptura del vínculo o separación con el titular del vehículo, adicional a la documentación general de apartado anterior, debes llevar:

  • El convenio regulador.
  • El documento acreditativo que avale la ruptura del vínculo con el titular del vehículo a través de sentencia judicial.

Precinto o embargo del vehículo

Para poder tramitar el cambio de titularidad de un vehículo bajo la condición especial de embargo o precinto debes incluir los siguientes documentos:

  • Todos los requisitos mencionados en el punto general.
  • Un documento debidamente firmado por el comprador, donde se indique que este conoce de la situación de precinto o embargo del vehículo en cuestión. Como alternativa, está condición deberá estar señalada dentro del contrato de compraventa.
  • En el punto particular de un precinto en el vehículo, este impide la posibilidad de obtener el Permiso de Circulación. De manera que dicho precinto debe ser cancelado para que el vehículo pueda circular de nuevo.

Reserva de dominio o Limitación de disposición

Si existe una reserva de dominio registrada emitida por una entidad financiera que pese en el vehículo a raíz de su adquisición inicial por cuotas, no se puede hacer un cambio de dueño. Esto se mantendrá hasta que esté completamente cancelado el monto de adquisición. Para proceder con esto y liberar al vehículo de la reserva de dominio tienes que:

  • Comunicarte con la entidad financiera que emitió el financiamiento.
  • Tramitar el pago en el Registro de Bienes Muebles en el cual se haya realizado la inscripción del vehículo por la entidad financiera.
  • Recuerda que este trámite puede durar un periodo de 15 días para que se realice la debida anotación de la cancelación en el Registro de Bienes Muebles.

 

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